Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120706-242
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2
EDICTO
Doña Carmen Olalla García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Valladolid.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Miguel Ángel Pérez Fernández de Velasco, contra “Bodegas El Molar, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por ordinario, registrado como autos de despido/ceses en general número 473 de 2012, se ha acordado citar a “Bodegas El Molar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 2, situado en la plaza del Rosarillo, sin número, el día 28 de junio de 2012, a las diez y treinta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
En caso de que se pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bodegas El Molar, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
En Valladolid, a 12 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/22.453/12)

