Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
06-07-2012

Sección 1.3.45.28: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120706-16

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2012, del Director, por la que se convoca la I Edición del Concurso “Mi privacidad en Internet”.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en su artículo 15 establece como principal función de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid la de velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y controlar su aplicación, en especial en lo relativo a los derechos de información, acceso, oposición, rectificación y cancelación de datos, así como en lo relativo a la comunicación de datos. Sus competencias versan sobre los ficheros de titularidad pública creados o gestionados por la Comunidad de Madrid, Entes que integran la Administración Local de su ámbito territorial, Universidades públicas y Corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales de la misma.

Una de las principales actividades de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid es la de asesoramiento, concienciación y apoyo a los destinatarios de la legislación, que son los ciudadanos, los empleados públicos en general, y los responsables públicos de protección de datos en particular, metas que se alcanzan a través de la formación y de la transmisión del conocimiento.

El espectacular incremento en la utilización de tecnologías de la información conlleva algunos riesgos que han de ser analizados, siendo destacables en particular los relacionados con la privacidad de los ciudadanos europeos. Las tecnologías de la información y las comunicaciones habilitan en una medida enorme la posibilidad de acumular, tratar, almacenar y transmitir datos de carácter personal, pero asimismo el uso de las tecnologías de la información, Internet y las redes sociales supone la exposición de la privacidad a distintos riesgos. Los menores se encuentran entre los colectivos más expuestos a las amenazas relacionadas con la difusión pública de los datos privados en Internet, la prematura incorporación de los más jóvenes a las redes sociales debe impulsar a todos los organismos implicados, desde la familia y las escuelas, hasta las Administraciones, hacia el desarrollo de iniciativas que faculten a los más jóvenes para saber identificar, distinguir y gestionar adecuadamente los peligros vinculados a las redes sociales.

Coincidiendo con el día europeo de la protección de datos (28 de enero), la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid inició en el año 2009 una campaña de sesiones informativas donde se han dado a conocer a los alumnos madrileños el derecho a la protección de datos personales en relación con el uso de las tecnologías de la información.

Esta campaña, que ha tenido continuidad hasta la fecha, ha llegado a más de 80.000 alumnos anuales y se ha basado en diversos materiales didácticos entre los que destaca una serie de impactantes vídeos sobre el uso de las redes sociales entre los jóvenes y, en el año 2011 el juego “Olvidados” que ha permitido conocer mediante distintas acciones cómo proteger de forma eficaz los datos personales.

Siguiendo con la actividad de concienciación de los menores en el uso correcto de las tecnologías, esta Agencia, como actividad complementaria a las que desarrollará en el año 2013 con ocasión de la celebración del Día Europeo de Protección de Datos Personales, ha considerado conveniente la convocatoria de un concurso de cortos, cuya temática sea la privacidad y su respeto en Internet, las redes sociales y las tecnologías de la información, en el cual podrán participar todos los centros educativos de la Comunidad de Madrid en los que se imparta la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

Por todo lo expuesto anteriormente,

RESUELVO

Artículo 1

Objeto y finalidad de la Resolución.

1. El objeto de la presente Resolución es fomentar y concienciar a los menores sobre la privacidad en Internet, las redes sociales y las tecnologías de la información, a cuyos efectos se convoca la I Edición del Concurso “Mi privacidad en Internet”, en régimen de concurrencia competitiva.

2. Se premiará la realización de cortos mediante cualquier medio que produzca una grabación digital cuya temática sea la privacidad y su respeto en Internet, las redes sociales y las tecnologías de la información

Artículo 2.

Participantes

1. Podrán participar en este concurso todos los centros educativos, públicos, concertados o privados, de la Comunidad de Madrid, en los que se imparta la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO). Los trabajos deberán haber sido realizados por alumnos que cursen dicha etapa educativa y que tengan edades comprendidas entre los doce y los dieciséis años. En el caso de que en los trabajos aparezcan imágenes, sonidos o cualesquiera otros datos, el centro educativo de que se trate deberá haber obtenido el consentimiento para el tratamiento de los datos personales. Si en dichos trabajos aparecen menores de catorce años, el consentimiento deberá ser obtenido de sus padres o tutores. La Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid entiende que la presentación al premio supone que los centros educativos participantes han cumplido con esta obligación.

Artículo 3

Proyectos

1. Los centros participantes deberán presentar tantos proyectos como deseen consistentes en la grabación de un corto cuya temática sea la privacidad y su respeto en Internet, las redes sociales y las tecnologías de la información.

2. La grabación se podrá realizar mediante el uso de cualquier medio que produzca una grabación digital en cualquier formato de los habitualmente utilizados en el mercado y que permita su visualización.

3. No serán admitidos aquellos trabajos que no puedan ser visualizados con las herramientas comúnmente utilizadas en los entornos informáticos habituales del mercado, por lo que los participantes, antes de presentar sus proyectos, deberán asegurarse de que los mismos se visualizan correctamente.

4. La duración del corto no será superior a dos minutos.

Artículo 4.

Presentación de proyectos

1. Los proyectos deberán ser presentados por el centro de enseñanza pública, concertada o privada en el Registro de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Gran Vía, 43, tercera planta, 28013 Madrid, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los proyectos podrán ser presentados en cualquier Registro de la Comunidad de Madrid, o en los Ayuntamientos que han firmado convenio con la Comunidad de Madrid a tal efecto, o bien de oficio por la propia Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

2. En la presentación del proyecto deberá adjuntarse la siguiente información:

a) Nombre del proyecto.

b) Nombre y dirección del centro de enseñanza pública, concertada o privada que presenta el proyecto.

c) Teléfono y dirección de correo electrónico de contacto.

Artículo 5

Plazo de presentación de solicitudes y subsanación de defectos

1. El plazo de presentación de proyectos será desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 30 de noviembre de 2012.

2. Si la documentación presentada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al solicitante para que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, subsane la falta y acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 6

Jurado

1. Con el fin de evaluar y seleccionar los proyectos recibidos en tiempo y forma, se constituirá un Jurado formado por el Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y los siguientes Vocales: el Subdirector General de Registro de Ficheros y Consultoría, el Subdirector General de Inspección y Tutela de Derechos, el Subdirector General Adjunto de Registro de Ficheros y Sistemas de Información, el Asesor de Apoyo Técnico-Jurídico y el Consultor responsable en materia de educación. Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, el titular de la Secretaría General de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

2. El fallo del Jurado será inapelable y todo lo no previsto en la presente Resolución quedará sometido a criterio del mismo.

Artículo 7

Criterios de valoración

El Jurado valorará los proyectos presentados de conformidad con los siguientes criterios:

­ Originalidad.

­ Innovación.

­ Temática.

­ Impacto sobre la privacidad.

Artículo 8

Resolución de la convocatoria.

1. Finalizado el proceso de valoración, el Jurado, a través del Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, emitirá la Resolución en la cual se resuelva y dé publicidad a los proyectos que hayan conseguido una mayor valoración.

2. La Resolución expresará un máximo de 5 proyectos que se beneficiarán de las actividades de divulgación previstas en el artículo siguiente.

Artículo 9

Divulgación

1. Los proyectos ganadores serán difundidos en las actividades que la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid realizará con ocasión de la celebración del Día Europeo de la Privacidad del año 2013.

2. También serán publicados en la página web de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid y podrán ser utilizados en las actividades de educación, formación, concienciación y divulgación de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

3. Los autores de los proyectos participantes autorizan su divulgación y renuncian expresamente a cualquier derecho que pudiera corresponderles por el ejercicio de las actividades de difusión que se contemplan en este apartado.

Artículo 10

Protección de datos

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Concursantes” de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (APDCM) cuya finalidad es “Gestión de premios y galardones concedidos por la APDCM” y no podrán ser cedidos, salvo las cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Secretaría General de la APDCM y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición es en la Gran Vía, número 43, planta tercera, de Madrid, o a través del portal de la propia Agencia (www.apdcm.es). Esta información se ofrece en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal”.

DISPOSICIÓN FINAL

1. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de junio de 2012.—El Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Santiago Abascal Conde.

(03/22.923/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.28: I. COMUNIDAD DE MADRID

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