Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
10-07-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120710-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Procedimiento ordinario 1.949 de 2010

En el procedimiento ordinario número 1.949 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 99

Magistrada-juez de primera instancia, doña María del Carmen Pérez Elena.—En Madrid, a 13 de abril de 2012.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora de los tribunales doña Isabel Alfonso Rodríguez, en nombre y representación de la mercantil “Chipiona 92, Sociedad Limitada”, contra la mercantil “Elerco, Sociedad Anónima”, debo condenar a la parte demandada a abonar a la demandante la cantidad de 1.089.992,59 euros de principal, más intereses legales, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia en legal forma a las partes comparecidas, enterándoles que la misma no es firme y que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días según lo dispuesto en el artículo 458 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

A dicho escrito deberá acompañarse copia del documento de ingreso en la “Cuenta de depósitos” del Juzgado con el número 2449, de la cantidad de 50 euros, en la que se indique que se trata de un “Recurso”, conforme al artículo 1, punto 19, de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1995, de 1 de julio, del Poder Judicial. Asimismo, en el caso de que se trate de personas jurídicas habrán de aportar modelo 696 de la Agencia Tributaria de liquidación de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en el orden civil.

Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones, y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Elerco, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 10 de mayo de 2012.—El secretario (firmado).

(02/5.030/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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