Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
10-07-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120710-205

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

205
Ejecución 197 de 2011

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 197 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Merino Moraleda, contra la empresa “Díaz Segovia Obras y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado autos de fechas 11 de abril de 2012 y 6 de junio de 2012, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Auto

Dispongo: Estimar la demanda incidental formulada por don José Merino Moraleda, contra “Díaz Segovia Obras y Reformas, Sociedad Limitada”, en consecuencia:

1. Declarar que la empresa ejecutada no ha procedido a readmitir al trabajador despedido.

2. Resolver la relación contractual, condenando a la ejecutada a que satisfaga a la parte ejecutante la indemnización rescisoria total de 3.709,13 euros.

3. Condenar a la empresa a que satisfaga por el concepto de salarios de tramitación el importe total de 18.698,70 euros, correspondientes al período comprendido entre el día siguiente al despido y el día de esta resolución (trescientos noventa y siete días).

4. Condenarle a que mantenga al trabajador ejecutante en situación de alta en la Seguridad Social durante el expresado período de tramitación que se extiende desde el día siguiente del despido hasta el día de hoy.

5. Condenarle a que abone las costas del trámite.

Auto

Se deja en suspenso, en su actual estado, la tramitación de las presentes actuaciones, por hallarse declarada en situación de concurso la empresa demandada, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda dar a los créditos declarados en la sentencia recaída, a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el magistrado-juez del concurso (Juzgado de lo mercantil de Ávila).

Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, del auto despachando ejecución y del auto declarando extinguida la relación laboral.

Archívense provisionalmente las presentes actuaciones.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Díaz Segovia Obras y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.555/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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