Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
10-07-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120710-215

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

215
Ejecución 206 de 2011

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 206 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adolfo Ortega Redondo, contra la empresa “Escudero Luna, Miguel Ángel, 543200-G, Sociedad Limitada Nueva Empresa”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 31 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 10 de mayo de 2011 a favor de la parte ejecutante don Adolfo Ortega Redondo, frente a “Escudero Luna, Miguel Ángel, 543200-G, Sociedad Limitada Nueva Empresa”, por un principal de 23.331,16 euros, más 4.666 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.

Contra este auto cabe recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las infracciones en que incurre y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada (artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social), siendo requisito indispensable para su admisión a trámite ingresar previamente en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto” con el número 2708/0000/30/0206/11, en la calle Princesa, número 3, de Madrid, indicando el tipo de recurso que se interpone, la cantidad de 25 euros, quedando exentos los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social y los demás establecidos en la Ley.

Se advierte a las partes que conforme al artículo 245.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Escudero Luna, Miguel Ángel, 543200-G, Sociedad Limitada Nueva Empresa”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de mayo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.545/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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