Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171
Sección 1.3.115.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120719-11
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I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES
Las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas economías para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad, y su modificación, fueron aprobadas por Acuerdos del Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2010 y 19 de mayo de 2011, respectivamente.
El artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, dispone que de que exista una norma especial reguladora aprobada por el Consejo de Gobierno, “el órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que deriven de su concesión”.
En su virtud, y a fin de dar cumplimiento a la norma citada,
DISPONGO
Primero
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2012, de ayudas económicas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad, solicitadas durante el año 2011, es de 141.000,00 euros.
Segundo
Las referidas obligadas se imputarán al subconcepto 4839 del Programa presupuestario 903 del Presupuesto de Gastos de esta Consejería para 2012.
Madrid, a 6 de julio de 2012.
El Consejero de Asuntos Sociales, SALVADOR VICTORIA BOLÍVAR
(03/25.285/12)

