Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120720-141

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

141
Demanda 197 de 2012

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 197 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Manuel Martínez Blanco, contra la empresa “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, sobre resolución de contrato de trabajo, se ha dictado sentencia de fecha 22 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 209 de 2012

En Madrid, a 22 de mayo de 2012.—Doña María Luisa Segura Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos seguidos por resolución de contrato de trabajo, despido y cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Luis Manuel Martínez Blanco, con documento nacional de identidad número 53006710-J, que compareció asistido del letrado don Ignacio José Rodríguez Guerra, con número de colegiado 67.174, y de otra, como demandados, “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Luis Manuel Martínez Blanco, frente a la empresa “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada” (“AIG, Sociedad Limitada”), declaro la improcedencia del despido efectuado el día 14 de marzo de 2012, y estando el centro de trabajo cerrado y sin actividad, declaro extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos desde la fecha de la presente sentencia y, por tanto, condeno a la empresa demandada a abonar al demandante las cantidades de 121.629,30 euros en concepto de indemnización y de 13.434,40 euros en concepto de salarios de tramitación.

Igualmente, condeno a “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, a abonar al trabajador la cantidad de 20.811,52 euros en concepto de salarios adeudados desde el día 1 de noviembre de 2011 hasta el día 14 de marzo de 2012, importe que se incrementará en el 10 por 100 en concepto de interés anual por mora, ascendente a 712,22 euros.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial, no se efectúa manifestación alguna, sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, siendo indispensable que el recurrente, si fuera la empresa demandada, consigne la cantidad de la condena más salarios de tramitación hasta la notificación de la sentencia en “Banesto”, en la calle Princesa, número 3, de Madrid, código entidad 0030, código oficina 1033, código de cuenta 2508, bajo el título de “Juzgado de lo social número 10”, número de procedimiento 197/12, debiendo presentar, junto con el escrito de anuncio el recurso, el resguardo de dicha consignación o aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, deberá depositar 300 euros en la cuenta corriente número 0030/1033/2508 del mismo banco, con el título de “Recurso de suplicación”, debiendo presentar dicho resguardo en este Juzgado con el escrito de formalización.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencia de este Juzgado de lo social, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.063/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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