Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120720-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

180
Ejecución 52 de 2012

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 52 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor Georgi Segura Luza, don Alejo Vicente Abad Pacheco, don Raúl Donato Reyes López y don José Henrry Celi Campoverde, contra la empresa “Multiservicios Ride, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 12 de junio de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo:

1. Se despacha la ejecución general y definitiva de la sentencia de fecha 21 de febrero de 2012 a favor de don Víctor Georgi Segura Luza, don Alejo Vicente Abad Pacheco, don Raúl Donato Reyes López y don José Henrry Celi Campoverde, contra “Multiservicios Ride, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 5.664,14 euros de principal, más la de 1.006 euros calculada provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.

2. Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículo 23 de la Ley de Procedimiento Laboral), haciéndoles saber que frente a esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición a la ejecución por parte de la ejecutada, la cual habrá de sustanciarse mediante la presentación de escrito en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguientes al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Multiservicios Ride, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.020/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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