Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172
Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120720-102
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
En la Intervención Municipal de esta Entidad Local, y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de la formulación de las reclamaciones pertinentes, el expediente de modificación presupuestaria número 6/2012, en la modalidad de suplemento de crédito entre los distintos grupos de función, aprobado inicialmente por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el 29 de junio de 2012, con el siguiente detalle:
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en el artículo 170.2 de la misma norma, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro General.
c) Órgano ante el que reclama: Ayuntamiento Pleno.
Si se produjeran reclamaciones en el expresado plazo, estas deberán resolverse por el Ayuntamiento Pleno en el plazo de un mes y aprobar definitivamente la modificación presupuestaria; si no se produjeran reclamaciones, el acuerdo provisional se elevará a definitivo, entendiéndose la modificación definitivamente aprobada.
En Villalbilla, a 2 de julio de 2012.—La alcaldesa en funciones, Elena López Rodríguez.
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