Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120720-190
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 380 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Portillo Muñoz, contra las empresas “Novomontaje, Sociedad Limitada”, “Industrias Gráficas Bohe, Sociedad Anónima”, “Suministros Gráficos, Sociedad Anónima”, “Torreangulo Artes Gráficas, Sociedad Anónima”, sobre resolución de contrato trabajo, se ha dictado el siguiente auto de prueba, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Diligencia.—Para dar cuenta a su señoría de que la demanda presentada solicita la práctica de determinados medios de prueba sobre lo que debe pronunciarse. Doy fe.
Auto
En Madrid, a 3 de mayo de 2012.
Acuerdo:
Al segundo otrosí: ha lugar, y cítese a los representantes de las empresas demandadas para la práctica de la prueba de interrogatorio de las partes en juicio, con el apercibimiento de que si no comparecen sin justa causa podrán ser tenidas por confesas en la sentencia (artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Respecto a la prueba testifical estese a lo que se acuerde en el momento procesal, oportuno.
Ha lugar a la prueba documental, requiriéndose a las demandadas conforme a lo solicitado.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Modo de impugnación: sin perjuicio de llevarse a cabo lo acordado en esta resolución, contra ella podrán interponer recurso de reposición que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el siguiente al de su notificación.
Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a tramite (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, conforme la modificación introducida por la Ley Orgánica 1/2009).
El citado depósito podrá efectuarse de las siguientes maneras:
a) Mediante ingreso en la Cuenta de Consignaciones del Juzgado, sita en “Banesto”, calle Princesa, número 3, primera planta de Madrid, al número de cuenta 2522.
b) Mediante transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los 20 dígitos: 0030 1033 40 0000000000 o 0030 1033 40 9999999999, y en conceptos indicar la persona o entidad que hace el ingreso, como beneficiario el número de Juzgado, el número de procedimiento y año.
Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo. La ilustrísima señora magistrada, doña Elena Burgos Herrera. Doy fe.—La magistrada-juez (firmado).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Suministros Gráficos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 13 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/23.484/12)

