Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172
Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120720-250
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE ALCOBENDAS NÚMERO 1
EDICTO
Doña María Ángeles Martínez Ortega, secretaria del Juzgado de violencia sobre la mujer número 1 de Alcobendas.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio verbal número 14 de 2011, seguido a instancias de doña María del Carmen García Ortiz, contra don Arturo González Gibert, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
Sentencia
En Alcobendas, a 25 de junio de 2012.—Vistos por doña Sonsoles Lloria Gómez, magistrada-juez del Juzgado de violencia de género número 1 de Alcobendas y su partido el presente juicio de guarda, custodia y alimentos número 2 de 2012, seguido a instancias de doña María del Carmen García Ortiz, representada por el procurador señor Balado y defendida por el letrado señor López, como demandante, contra don Arturo González Gibert, declarado en rebeldía.
Fallo
Que debo estimar y estimo la demanda de guarda, custodia y prestación de alimentos formulada por doña María del Carmen García Ortiz, contra don Arturo González Gibert y, en consecuencia, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas:
Patria potestad: será compartida por ambos progenitores.
Guarda y custodia: se atribuye a doña María del Carmen García Ortiz de la hija menor que tienen.
Pensión de alimentos: el señor González Gibert abonará, en concepto de alimentos a favor de su hija menor de edad, la cantidad de 200 euros mensuales por meses anticipados en 12 mensualidades al año y dentro de los cinco primeros días de cada mes, que deberán ser ingresados en la cuenta corriente que designe la señora García.
Dicha cantidad será actualizada cada año, con fecha 1 de enero, de acuerdo con la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya, sin necesidad de requerimiento al efecto.
Asimismo, el padre abonará la mitad de los gastos extraordinarios que se produzcan durante la vida de la menor, previa notificación del hecho que motiva el gasto y el importe del mismo, para su aprobación.
Régimen de visitas, comunicaciones y estancias, que se fije el siguiente régimen de visitas a favor del padre: fines de semana alternos, desde el viernes a la salida del colegio hasta el domingo a las diecinueve horas, con entrega en el domicilio materno. Vacaciones: por mitad.
Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que habrá de prepararse dentro de los veinte días siguientes a la notificación, ante este Juzgado, en la forma indicada en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.
Así, por esta mi sentencia, de la que quedará testimonio en autos para notificación de las partes, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Arturo González Gibert, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcobendas, a 29 de junio de 2012.—La secretaria (firmado).
(03/24.581/12)

