Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183
Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120802-48
Páginas: 2
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen Jurídico de las Entidades Locales se da publicidad a las delegaciones de competencias y nombramientos efectuados por el alcalde-presidente de este Ayuntamiento.
Decreto número 542, correspondiente a delegación de competencias en don Juan Antonio Candil Martín.
Don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente dicto el siguiente decreto:
Resultando que las fechas de vacaciones estivales en las que nos encontramos, y siendo importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal, y para que esta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía.
Resultando que en virtud de decreto de esta Alcaldía-Presidencia número 719/2011, de 13 de junio, se nombró a don Adrián Pedro Carlos Martín Díez, como concejal-delegado de Economía, Hacienda, Régimen Interior y STIC, atribuyéndosele competencias delegadas en la materia.
Resultando que en virtud de decreto de esta Alcaldía-Presidencia se delegó en el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Patrimonio, Régimen Interior y STIC el reconocimiento de las obligaciones derivadas de compromisos de gastos legalmente adquiridos en materia de contrato hasta 18.000 euros.
Resultando que en virtud de acuerdo de la Junta de Gobierno Local se nombró a don Juan Antonio Candil Martín como director general de Economía, Hacienda y Régimen Interior.
Considerando que según establece el artículo 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, corresponde al alcalde las competencias que expresamente le atribuyan las Leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no se atribuyan a otros órganos municipales.
Considerando que en virtud de lo establecido por el artículo 185.2 del texto refundido de Ley Reguladora de Haciendas Locales corresponde al presidente de la Corporación el reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de compromisos de gastos legalmente adquiridos, pudiendo esta competencia delegarse en los términos previstos en la Ley 7/1985.
Considerando que según establece el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, el alcalde podrá delegar mediante decreto las competencias anteriores en la Junta de Gobierno Local, en sus miembros, en los demás concejales y, en su caso, en los coordinadores generales, directores generales u órganos similares.
Por todo lo anterior y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:
Primero.—Delegar, mientras duren las vacaciones estivales de las que disfruta el concejal de Economía, Hacienda, Patrimonio y Régimen Interior, durante los día 9 a 20 de julio de 2012, el reconocimiento de las obligaciones derivadas de compromisos de gastos legalmente adquiridos en materia de contratos por importe de hasta 18.000 euros, en don Juan Antonio Candil Martín como director general de Economía, Hacienda y Régimen Interior.
Decreto número 572, correspondiente a delegación de firma competencias de don Javier Ayala Ortega en don José Santiago Sánchez Luque.
En Fuenlabrada, por don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se ha dictado el siguiente decreto:
Resultando que a través de decretos de esta Alcaldía con número 718/2011, de 13 de junio, se nombró a don Francisco Javier Ayala Ortega como concejal-delegado en materia de Urbanismo, Infraestructuras, Industria y Patrimonio, y con número 782/2011, se le delegó al mismo las competencias en materia de concesión de licencias urbanísticas relativas a obras menores y aperturas inocuas.
Resultando que en fecha actual dicha concejala se encontrará en vacaciones estivales durante los días 14 a 29 de julio de 2012, lo cual supone un agravio para la gestión municipal diaria en la delegación de su competencia.
Resultando que según decreto de esta Alcaldía-Presidencia 724/2011, de 13 de junio, se nombró a don José Santiago Sánchez Luque, como concejal-delegado de Mantenimiento de Parques y Jardines, Limpieza Viaria y Recogida de Residuos.
Considerando lo establecido por el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, en aplicación del régimen de organización de los municipios de gran población, el alcalde para un mejor funcionamiento de la gestión municipal podrá delegar en los demás concejales, mediante decreto, las competencias del artículo 124.4, excepto los apartados b), e), h) y j).
Considerando que el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales señala que el alcalde puede delegar sus atribuciones, salvo las mencionadas en los artículo 21.3 y 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la gestión de asuntos determinados.
Es por todo ello, y en virtud de la legislación vigente, que vengo en resolver:
Primero.—Delegar de forma temporal y hasta que el concejal-delegado en materia de Urbanismo, Infraestructuras, Industria y Patrimonio se incorpore de nuevo a sus funciones de sus vacaciones estivales durante los días 14 a 29 de julio de 2012, las competencias que tiene atribuidas don Francisco Javier Ayala Ortega en sus decretos de delegación de competencias número 718/2011 y 782/2011, en el concejal de esta Corporación don José Santiago Sánchez Luque.
En Fuenlabrada, a 13 de julio de 2012.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.
(03/25.753/12)

