Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2012

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120803-39

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2012, de la Directora General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados de la organización denominada Asociación de Comerciantes del Mercado de Abastos de Aranjuez (ASOMAR) (depósito número 1377).

Ha sido admitido el depósito del acuerdo de modificación del artículo 4 de los estatutos de la citada asociación, por el que se traslada el domicilio social a la plaza de la Constitución, sin número, 28300 Aranjuez, al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (“Boletín Oficial del Estado” de 4 de abril de 1977).

El citado cambio ha sido acordado por la asamblea general extraordinaria, en la reunión celebrada el 16 de abril de 2012. Se adjunta certificado del acta de la citada reunión suscrita por el Secretario General, don Isidro Fabián López, con el visto bueno del Presidente, don Pedro González Simón.

Por lo que se dispone la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de octubre de 2011).

Madrid, a 27 de junio de 2012.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

(03/26.274/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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