Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2012

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120803-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL

Sección Segunda

EDICTO

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO

98
Recurso 6.552 de 2011

En las actuaciones del recurso de suplicación número 6.552 de 2011, seguidas ante la Sección Segunda de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 1.137 de 2010, tramitados ante el Juzgado de lo social número 21 de Madrid, promovidos por doña Karolina Drozdowicz, contra “Pharmavida Products, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, en el día de la fecha se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria, señora Oliet Palá.—Madrid, a 4 de julio de 2012.

Visto que el día de la fecha ha tenido entrada en esta Secretaria, procedente del registro de entrada donde se presentó en fecha 3 de julio de 2012, escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de la doctrina presentado por la letrada doña María Socorro Barcenilla Escudero, en representación de doña Karolina Drozdowicz, únase el citado escrito a los autos de su razón, quedando la copia del escrito a disposición de la Sala de lo social (Cuarta) del Tribunal Supremo para su traslado a la parte recurrida en su momento oportuno (artículo 226.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Conforme a lo previsto en el artículo 223.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, emplácese a las demás partes para que en el plazo de diez días se personen por medio de letrado ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo, sirviendo a tales efectos la copia de la presente resolución, y efectuado el emplazamiento, elévense los autos a la superioridad con atento oficio, entendiéndose que la recurrente se persona de derecho con la remisión de los autos (artículo 223.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Constando que la sentencia invocada como contradictoria ha sido dictada por la Sala de lo social (Cuarta) del Tribunal Supremo, procede su incorporación de oficio por la citada Sala, una vez sean remitidos los autos.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, debiendo expresar la infracción que a juicio del recurrente contiene la resolución, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Así lo ordeno, firmo y se cumple lo ordenado.—Doy fe.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que en lo sucesivo se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento en forma a “Pharmavida Products, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 4 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.640/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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