Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184
Sección 1.3.85.20: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120803-29
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I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)
De conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los órganos de las Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.
La interposición de sanciones en materia de fianzas de arrendamiento es una competencia atribuida al Director-Gerente del IVIMA, en virtud del artículo 10 de la Ley 12/1997, de 4 de junio, Reguladora de las Actuaciones Inspectoras y de la Potestad Sancionadora en Materia de Depósito de Fianzas de Arrendamiento en la Comunidad de Madrid.
En base a lo anterior,
DISPONGO
Único
Delegar en el Director del Área Económico-Administrativa el ejercicio de la competencia para la imposición de las sanciones establecidas en la Ley 12/1997, en materia de fianzas de arrendamiento, cuando su importe sea inferior a 6.000 euros.
En Madrid, a 5 de julio de 2012.—El Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, Juan Van-Halen Rodríguez (Decreto 144/2011, de 14 de julio, del Consejo de Gobierno).
(03/26.138/12)

