Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120810-124
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 102 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alejandra Verdú López, contra la empresa “Socelim, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
Auto
Magistrado-juez de lo social, don Antonio Martínez Melero.—En Madrid, a 18 de junio de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar ejecución de la sentencia firme número 417 de 2011, frente a la parte ejecutada, por un importe de 9.280,22 euros de principal, más el interés del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, más el interés del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que hace un principal de 10.208,24 euros, más 1.020,82 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Decreto
Secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 18 de junio de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Parte dispositiva:
Despachada ejecución en auto de esta fecha por doña Alejandra Verdú López, contra “Socelim, Sociedad Limitada”, por importe de 10.208,24 euros de principal, más 1.020,82 euros presupuestados para intereses y costas, a fin de dar efectividad a las medidas concretas.
Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Socelim, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 18 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/25.904/12)

