Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120815-47
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 311 de 2011-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Raquel Montes Benito, don José Luis Fajado Martín y don Francisco Javier Castaño Gil, contra la empresa “Grafienol, Sociedad Anónima”, sobre cantidad, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente resolución:
Fallo
Estimar la demanda interpuesta por doña Raquel Montes Benito, don José Luis Fajardo Martín y don Francisco Javier Castaño Gil contra “Grafienol, Sociedad Anónima”, condenando a la mercantil demandada a abonar a:
1.o Doña Raquel Montes Benito la cantidad de 9.118,24 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
2.o Don José Luis Fajardo Martín la cantidad de 17.095,99 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
3.o Don Francisco Javier Castaño Gil la cantidad de 15.503,55 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas de la primera instancia.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grafienol, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Móstoles, a 13 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/26.353/12)

