Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120815-55
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4
EDICTO
Doña Asunción Saiz de Marco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Jaén.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 257 de 2012, a instancias de la parte actora don Juan Carlos Calzado Teruel, contra Fondo de Garantía Salarial y “Nueva Grifería 2000, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:
Debo estimar la demanda interpuesta por don Juan Carlos Calzado Teruel, contra “Nueva Grifería 2000, Sociedad Limitada”, y declarar extinguida en el día de hoy la relación laboral que ligaba a las partes, condenando a al citada empresa a que abone al actor la indemnización de 12.742,11 euros.
Con absolución del Fondo de Garantía Salarial en la presente instancia y sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
Publíquese esta sentencia y notifíquese a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación en plazo de cinco días a contar a partir del siguiente a la notificación de la presente, para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, haciendo saber a la parte condenada que, caso de recurrir, habrá de consignar en la cuenta corriente que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” de esta capital con el número 209000000650257/12 el importe total de la condena y en la cuenta corriente 2090000089057/12 la suma de 150 euros como depósito especial para recurrir.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Nueva Grifería 2000, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Jaén, a 16 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/26.351/12)

