Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120824-105
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.359 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Rizo Candela, contra “Miguel Ángel López Robledo, Sociedad Limitada”, y “Hosgumi, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre cantidad, se ha dictado la sentencia número 262 de 2012, de fecha 29 de junio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia 262 de 2012
En Madrid, a 29 de junio de 2012.—Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos seguidos con el número 1.359 de 2011, sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Francisco Rizo Candela, que comparece asistido de letrado, y de otra, como demandadas, “Miguel Ángel López Robledo, Sociedad Limitada”, y “Hosgumi, Sociedad Limitada Unipersonal”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por don Francisco Rizo Candela frente a las empresas “Miguel Ángel López Robledo, Sociedad Limitada”, y “Hosgumi, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a las demandadas, de forma solidaria, a abonar al trabajador la cantidad de 1.591,42 euros brutos por los períodos y los conceptos anteriormente reconocidos, más el 10 por 100 de intereses por mora establecidos legalmente, y asimismo se condena a las demandadas a estar y pasar por la presente resolución con todas las consecuencias legales inherentes a la misma.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Miguel Ángel López Robledo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 20 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/27.253/12)

