Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 204

Fecha del Boletín 
27-08-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120827-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 3

EDICTO

123
Ejecución 170 de 2010

Doña María Isabel Martínez Berenguer, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Alicante.

Hago saber: Que en el procedimiento de este Juzgado número 801 de 2009 en trámites de ejecución número 170 de 2010, en reclamación de despido, a instancias de doña María Teresa Gil Estevan, contra “CBH Consultora Inmobiliaria del Mediterráneo, Sociedad Limitada”, y “Mayotte Enterprise, Sociedad Limitada”, se ha dictado decreto con fecha 17 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Acuerdo:

a) Declarar a las ejecutadas “CBH Consultora Inmobiliaria del Mediterráneo, Sociedad Limitada”, y “Mayotte Enterprise, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 22.656,99 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Proceder a publicar la declaración de insolvencia decretada en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a los efectos previstos en el artículo 277.5 de la Ley 36/11 Reguladora de la Jurisdicción Social.

c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley 36/11, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Mayotte Enterprise, Sociedad Limitada”, del que se ignora su actual paradero y el último conocido lo fue en Madrid, se expide la presente con la advertencia de que las siguientes comunicaciones con la parte a la que va dirigida la presente, se hará por estrados, salvo que deban revestir la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Alicante, a 17 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.626/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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