Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 204
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120827-107
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25
EDICTO
El Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid, en autos número 335 de 2011, sobre relaciones paterno-filiales, instados por doña Petra Matilde Gómez Bores, representada por la procuradora doña Begoña Fernández Pérez-Zabalgoitia, contra don Zeev-Itai Sarig, que se halla con domicilio desconocido, ha acordado por medio de la presente notificar al mencionado demandado que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 19 de julio de 2012, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña Begoña Fernández Pérez-Zabalgoitia, en nombre y representación de doña Petra Matilde Gómez Bores, contra don Zeev Itai Sarig, declarado en rebeldía, habiendo sido parte el ministerio fiscal, establezco las siguientes medidas:
1.o El ejercicio de la responsabilidad parental (patria potestad) de las menores se ejercerá conjuntamente por ambos padres, quedando ambas bajo la custodia de la madre, con la que convivirán.
2.o Se establece un régimen de visitas y estancias de don Zeev Itai Sarig con sus hijas, que regirá en defecto de acuerdos de ambos padres, y que consistirá en fines de semana alternos, sábados y domingos, en horario de diez a veinte, por tanto sin pernocta. Este sistema quedará en suspenso durante las vacaciones de Semana Santa y la mitad de las vacaciones de verano y Navidad, eligiendo dicha mitad doña Petra Matilde Gómez Bores los años pares y don Zeev Itai Sarig los impares.
3.o Don Zeev Itai Sarig abonará 500 euros mensuales en concepto de pensión alimenticia (250 euros para cada hija), cantidad que deberá ser ingresada en la cuenta que al efecto se designe por doña Petra Matilde Gómez Bores dentro de los cinco días primeros de cada mes y que se actualizará anualmente conforme a las variaciones que experimente el índice de precios al consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya, así como el 50 por 100 de los gastos extraordinarios aprobados de común acuerdo o por resolución judicial en caso de discrepancia, salvo aquellos que sean urgentes.
4.o Se prohíbe la salida del territorio nacional de las hijas menores sin autorización de este Juzgado.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, que, en su caso, deberá ser interpuesto ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.—Firmado y rubricado en su original.
Consta su publicación.
Y para que sirva de notificación en forma a don Zeev Itai Sarig, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto.
Dado en Madrid, a 24 de julio de 2012.—El secretario (firmado).
(03/28.355/12)

