Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208

Fecha del Boletín 
31-08-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120831-64

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

64
Demanda 272 de 2012

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 272 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Muñoz Palomares, don José Antonio Blanco Raña, don Héctor Iván Bueso Gregorio, don Luis Fernando Bastante Ramírez, don Alberto Montero Merino, doña Raquel Esther Gómez González y don José Luis Alfonso Barquero, contra la empresa “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 19 de julio de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando las demandas acumuladas interpuestas por don Antonio Muñoz Palomares, don José Antonio Blanco Raña, don Héctor Iván Bueso Gregorio, don Luis Fernando Bastante Ramírez, don Alberto Montero Merino, doña Raquel Esther Gómez González y don José Luis Alfonso Barquero, contra “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en materia de despido, debo declarar y declaro improcedentes los despidos que les han sido efectuados a los trabajadores, si bien, ante la imposibilidad de readmisión, y de conformidad con lo establecido en el artículo 110.1.b) de la Ley de la Jurisdicción Social, los efectos jurídicos de tal declaración de improcedencia quedan limitados a declarar la extinción de la relación laboral condenando a la empresa demandada a abonar a los actores las siguientes cuantías en concepto de indemnización:

A don Antonio Muñoz Palomares: 45.970 euros.

A don José Antonio Blanco Raña: 39.040 euros.

A don Héctor Iván Bueso Gregorio: 15.496 euros.

A don Luis Fernando Bastante Ramírez: 15.561 euros.

A don Alberto Montero Merino: 29.480 euros.

A doña Raquel Esther Gómez González: 22.738 euros.

A don José Luis Alfonso Barquero: 41.501 euros.

Asimismo, estimando las demandas acumuladas interpuestas por don Antonio Muñoz Palomares, don José Antonio Blanco Raña, don Héctor Iván Bueso Gregorio, don Luis Fernando Bastante Ramírez, don Alberto Montero Merino, doña Raquel Esther Gómez González y don José Luis Alfonso Barquero, contra “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a los actores las siguientes cuantías:

A don Antonio Muñoz Palomares: 2.746,22 euros.

A don José Antonio Blanco Raña: 2.561,31 euros.

A don Héctor Iván Bueso Gregorio: 2.848,48 euros.

A don Luis Fernando Bastante Ramírez: 2.765 euros.

A don Alberto Montero Merino: 3.000,30 euros.

A doña Raquel Esther Gómez González: 2.476,93 euros.

A don José Luis Alfonso Barquero: 3.959,99 euros.

Con más el interés anual por mora del 10 por 100 sobre dichas cuantías.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, primera planta, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2387/0000/65/0000/0272/12, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, primera planta, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2387/0000/65/0272/12, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.021/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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