Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120831-91
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1
EDICTO
Don Antonio de la Fuente Figuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 699 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Osagie Seyi Idubor, contra la empresa “Central de Estibadores, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado diligencia de ordenación de fecha 12 de julio de 2012 y sentencia, cuyo fallo dice:
1.o Estimo la demanda de don Osagie Seyi Idubor, en reclamación de cantidad, siendo demandada “Central de Estibadores, Sociedad Limitada”, y declaro que la parte demandante tiene derecho a la cantidad de 2.447,29 euros.
2.o Condeno a la demandada “Central de Estibadores, Sociedad Limitada”, a que abone dicha cantidad a la parte demandante.
Con recurso de suplicación.
Diligencia de ordenación del secretario judicial don Antonio de la Fuente Figuero.—Guadalajara, a 12 de julio de 2012.
Habiendo resultado negativas las gestiones realizadas para conocer el domicilio o residencia actual de “Central de Estibadores, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo establecido en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y 156.4 y 164, ambos Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo:
Notificar a la demandada “Central de Estibadores, Sociedad Limitada”, por medio de edictos, librando oficio para la publicación de la sentencia número 374 de 2011, de fecha 9 de junio de 2011, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Central de Estibadores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Guadalajara, a 12 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
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