Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
05-09-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120905-107

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

107
Demanda 73 de 2012

Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 73 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don César Feito Antón, contra la empresa “Legalcer 2006, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 309 de 2012

En Madrid, a 27 de julio de 2012.—Doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don César Feito Antón, que comparece, y de otra, como demandada, “Legalcer 2006, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda de despido a instancias de don César Feito Antón, frente a “Legalcer 2006, Sociedad Limitada”, y “Cosecha 2011, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a la empresa demandada “Cosecha 2011, Sociedad Limitada”, a optar entre readmitir al actor en su puesto de trabajo o bien indemnizarle con la cantidad de 14.729,88 euros, en ambos casos deberá abonarle los salarios de tramitación desde el despido hasta la notificación de la presente resolución. Advirtiendo a la empresa que la opción deberá realizarse en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la sentencia, sin esperar a su firmeza, por escrito o por comparecencia ante el Juzgado, y que no optar en tiempo y firma se entenderá que procede la readmisión.

Absolviendo a la empresa “Legalcer, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1033, sucursal sita en la calle Princesa, números 2 y 3, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1033/2810/0000/65, seguidos del número de autos, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, agencia de la calle Princesa, números 2 y 3, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1033/2810/0000/65, seguidos del número de autos, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Legalcer 2006, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.286/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120905-107