Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 214

Fecha del Boletín 
07-09-2012

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120907-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE NAVALCARNERO NÚMERO 1

EDICTO

59
Expediente dominio 457 de 2012

Doña Irene Ortiz Plaza, secretaria del Juzgado de primera instancia número 1 de Navalcarnero y su partido.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento de expediente de dominio, reanudación del tracto número 457 de 2012, a instancias de don David Salina Serrano, de la siguiente finca:

La finca de que se trata es la siguiente:

Finca rústica.—Tierra en el término municipal de Sevilla la Nueva, al paraje conocido por “Columnas” o “Carretera de Navalcarnero”, de caber media fanega, igual a 33,54 áreas, si bien, de reciente medición practicada, la verdadera superficie que arroja es la de 28,12 áreas y 65 decímetros cuadrados.

Linda: al Norte, parcela 268, de don Félix González y hermanos, don Francisco y don Manuel (hijos de doña Hilaria Sevillano); Sur, parcela 185, de don Félix González y hermanos, don Francisco y don Manuel; Este, herederos de don Eulogio Díaz, y Oeste, carretera de Sevilla la Nueva. Es la parcela 269 del polígono 4. Referencia catastral: 28141A004002690000GZ.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero (Madrid), al tomo 212, libro 14 de Sevilla la Nueva, folio 65, finca número 735, inscripción segunda.

Por el presente y en virtud de lo acordado, en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada, para que en el término de diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente, alegando lo que a su derecho convenga.

En Navalcarnero, a 9 de julio de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/6.598/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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