Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 214

Fecha del Boletín 
07-09-2012

Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120907-25

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2012, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se ordena la publicación de Acuerdos de Inicio de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de protección animal, sanidad animal y vías pecuarias.

Habiéndose procedido por esta Dirección General a la iniciación de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de protección animal, sanidad animal y vías pecuarias y no habiendo sido posible la notificación de las mismas en los domicilios de sus destinatarios, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en el Anexo Único.

Lo que se comunica a los interesados, los cuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 en relación con el artículo 28 del citado texto legal, podrán formular recusación, en cualquier momento de la tramitación del expediente, contra el Instructor del procedimiento.

Asimismo, y en aplicación del artículo 6.3 del Decreto 245/2000, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública en la Comunidad de Madrid, en los quince días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución, podrán solicitar ante el Instructor del procedimiento la práctica de las pruebas que estimen pertinentes, pudiendo igualmente aducir alegaciones en la forma establecida en el artículo 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Teniendo en cuenta el tratamiento informático de datos de carácter personal, les informamos de que los expedientes en cuestión obran en las dependencias de esta Dirección General (ronda de Atocha, número 17, 28012 Madrid), a los efectos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 2 de agosto de 2012.—El Director General del Medio Ambiente, PDF (Resolución de 4 de agosto de 2011), el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE INICIACIÓN DE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES

Imputado. — NIF. — Último domicilio conocido. — Expediente. — Infracción administrativa. — Posible sanción. — Órgano competente para resolver y norma que le atribuye tal competencia

Rubén Fernández Congosto. — 53040069-E. — Calle Velero, número 3, tercero 4, 28500 Arganda del Rey (Madrid). — PA-6/12. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como muy grave. — De 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001. Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Isabel María Blas Mena. — 50546206-A. — Paseo Jesuitas, número 53, primero B, 28011 Madrid (Madrid). — PA-25/12. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como muy grave. — De 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001. Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Rafael Aroca Caballero. — 51905656-S. — Plaza Sierra Gistral, número 3, bajo, 28031 Madrid (Madrid). — PA-27/12. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como muy grave. — De 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001.Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Explotadora de Activos Hípicos, Sociedad Limitada. — B-85637247. — Paseo Jesuitas, número 53, primero B, 28011 Madrid (Madrid). — PA-32/12. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como muy grave. — De 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001. Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Montagreste, Sociedad Limitada. — B-81205007. — Carretera antigua N-III, kilómetro 36,200, sin número, 28540 Perales de Tajuña (Madrid). — PA-33/12. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como muy grave. — De 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001. Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Miguel Ángel Lobato Corripio. — 51882806-G. — Calle Candilejas, número 88, tercero A, 28018 Madrid (Madrid). — PA-37/12. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como muy grave. — De 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001. Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Sergio Quiles Fernández. — 70062492-F. — Calle Ronda de los Puertos, número 26, segundo B, 28770 Colmenar Viejo (Madrid). — PA-38/12. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como muy grave. — De 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001. Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Samuel Ramírez Gabarre. — 2269419-D. — Calle San Claudio, número 138, 28038 Madrid (Madrid). — PA-40/12. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como muy grave. — De 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001. Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Ana Belén Guerra Marijuán. — 70062360-J. — Calle Santa Clara, número 34 G, segundo B, 28200 San Lorenzo de El Escorial (Madrid). — PA-41/12. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como muy grave. — De 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001. Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Estrella Peral Flores. — 8930293-Z. — Avenida Municipi, número 26, séptimo, puerta 26, edificio “Sierra de Bernia” torre II, 03502 Benidorm (Alicante). — PA-43/12. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como muy grave. — De 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001. Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Noureddine Belhaj. — X-5801925-Z. — Calle Bellavistas, número 4, 28490 Becerril de la Sierra (Madrid). — AG-D-13/12. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 84.22 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, calificada como grave, y artículo 84.23 de la Ley 8/2003, de Sanidad Animal, calificada como grave. — De 3.001 euros a 60.000 euros para cada una de ellas. — Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, según lo previsto en el artículo 91 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal. Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Abderrahmane Fellah. — X-6350858-Y. — Calle Orio, número, tercero derecha, 28041 Madrid (Madrid). — V.PEC-5/12. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 21.3.b) de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, calificada como grave. — De 601,02 euros a 30.050,61 euros. — Director General del Medio Ambiente, artículo 55.2.a) de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, según lo dispuesto en el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, de Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

(03/28.668/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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