Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 215

Fecha del Boletín 
08-09-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120908-72

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

72
Demanda 457 de 2012

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña María Molina Martínez, contra “Restauración Temática Iris 2, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 457 de 2012, se ha acordado notificar a “Restauración Temática Iris 2, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, la siguiente resolución:

Sentencia número 267 de 2012

En Madrid, a 27 de junio de 2012.—Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido y cantidad, entre doña María Molina Martínez, como demandante, y “Restauración Temática Iris 2, Sociedad Limitada”, como demandada, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María Molina Martínez, contra la empresa “Restauración Temática Iris 2, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de doña María Molina Martínez acordado con efectos del día 14 de marzo de 2012, así como se declara resuelta la relación laboral mantenida por ambas partes, condenando a la demandada a que indemnice a la actora en 666,40 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por la trabajadora, computados desde el 1 de febrero de 2012 hasta el 18 de febrero de 2012; y desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 3/2012, hasta la fecha de la presente resolución, 27 de junio de 2012, a razón de treinta y tres días de salario por año trabajado. Igualmente, debo condenar y condeno a “Restauración Temática Iris 2, Sociedad Limitada”, a que abone a doña María Molina Martínez la cantidad de 2.304,17 euros, cantidad que se deberá incrementar en el interés por mora prevenido en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, a calcular sobre la cantidad de 1.801,37 euros.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso consignar la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado, pudiendo efectuar el depósito:

a) Mediante ingreso en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado número 2502/0000/ 00/número de autos en la entidad bancaria “Banesto”, sita en la calle Princesa, número 2.

b) Mediante transferencia a dicha entidad en la cuenta número 0030/1033/40/ 0000000000/ número de procedimiento y la persona o empresa que efectúa el ingreso.

También podrá sustituir la consignación mediante aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar en la misma cuenta la suma de 300 euros en concepto de depósito, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Expídase testimonio de esta resolución, que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones dirigidas se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de este Juzgado salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restauración Temática Iris 2, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 7 de agosto de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.464/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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