Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 215

Fecha del Boletín 
08-09-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120908-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

84
Demanda 1.294 de 2011

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.294 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Burón Iglesias, contra la empresa “Mantenimiento, Ayuda a la Explotación y Servicios”, “Mantenimiento Integral de Edificios, Sociedad Anónima" (MINDESA), Imesapi, Sociedad Anónima”, “Clece, Sociedad Anónima”, “Dragados, Sociedad Anónima”, “Socoin Ingeniería y Construcción Industrial, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, y “UTE Clece, Dragados, Socoin Ingeniería y Construcción Industrrial, y “Gas Natural, Servicios SDG, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 19 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por “Clece”, “Maessa”, “Mindesa”, “Gas Natural” y “Secoin”, y sin entrar, respecto de ellas a examinar el fondo del asunto, debo absolverlas de cuantas pretensiones contra ellas se dirigiera a través del presente litigio.

Que estimando la demanda por despido interpuesta por don Manuel Burón Iglesias, don Francisco Javier Bernáldez González, don Ángel Sánchez García, don Emilio Portillo Ruiz, don José Flores Castillo y don Luis Antonio Sánchez Guerra, contra la empresa demandada “Imesapi, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro la improcedencia del mismo, condenando a la empresa a que readmita a los trabajadores en su puesto de trabajo en las condiciones que regían con anterioridad al cese, pudiendo la empresa sustituir la obligación de readmisión por el abono de una indemnización a don Manuel Burón Iglesias de 41.178,07 euros.

Dicha opción debe hacerse en forma expresa mediante escrito o por comparecencia de la Secretaría de este Juzgado de lo social en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de sentencia. Entendiendo que de no efectuarse o hacerlo en forma distinta de la indicada se opta por la readmisión.

Y al abono de los salarios devengados y dejados de percibir desde la fecha del despido (22 de septiembre de 2011) hasta la notificación de sentencia a razón para don Manuel Burón Iglesias, 55,18 euros/día.

Absolviendo a la unión tempora de empresas y a “Dragados, Sociedad Anónima”, de cuantas pretensiones, contra ellas se dirigían a través del presente litigio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a su notificación y designando letrado para su tramitación. Se advierte al letrado recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2514 del Banco “Banesto” aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco “Banesto” o presentar aval de entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mantenimiento Integral de Edificios, Sociedad Anónima" (MINDESA), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de agosto de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.446/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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