Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 215

Fecha del Boletín 
08-09-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120908-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

107
Demanda 1.497 de 2010

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.497 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa María Muguerza Egusquiza, contra la empresa “Corporación Chevasco y Asociados, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 28 de septiembre de 2011.

Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que al día señalado para los actos de conciliación y/o juicio no comparecen, no obstante estar citados en legal forma según consta en autos, ni la demandante ni la demandada. De lo que paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 28 de septiembre de 2011.

Dispongo: Se tiene por desistida doña Rosa María Muguerza Egusquiza de su demanda, procediendo al cierre y archivo de las presentes actuaciones, previa notificación de la presente resolución a las partes y una vez firme esta.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Rosa María Muguerza Egusquiza, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.571/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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