Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
21-09-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120921-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALDEA DEL FRESNO

URBANISMO

50
Proyecto de reparcelación UE-3

Con fecha 30 de julio de 2012, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se suscribió y aprobó el texto inicial del convenio urbanístico para llevar a cabo la Unidad de Ejecución número 3. Asimismo, por providencia de Alcaldía de 31 de julio de 2012, se inició expediente de reparcelación de la Unidad de Ejecución número 3, de acuerdo con el mismo, quedando suspendido el otorgamiento de las licencias de parcelación, edificación y cambio de uso en el ámbito de la unidad reparcelable, así como las de obras de nueva planta o reforma de las edificaciones existentes, movimientos de tierras y cualesquiera otras que afecten a la configuración física de las fincas o puedan perturbar el resultado de la reparcelación en curso, hasta que sea firme en vía administrativa la resolución aprobatoria de la ­reparcelación.

Conforme a los artículos 88 y 247 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y del Reglamento de Gestión Urbanística, para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, se somete a información pública durante el plazo de veinte días, a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Durante dicho plazo, el texto inicial del convenio urbanístico y el proyecto de reparcelación podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Aldea del Fresno para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

En Aldea del Fresno, a 3 de agosto de 2012.—El alcalde, Guillermo Juan Celeiro ­Fabián.

(02/6.734/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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