Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232
Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120928-96
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PINTO
RÉGIMEN ECONÓMICO
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pinto, en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2012, adoptó acuerdo de modificación de la disposición general número 3.20 del precio público por prestación de servicios o realización de actividades de educación, en los artículos 2, 4 y 6 y disposición final de la misma, procediendo por medio del presente a la publicación de los precios públicos:
“Art. 2.
1. (…).
2. Servicios o actividades sobre las que se fijan precios públicos:
— Servicio de Formación Musical Preinstrumental: Música y Movimiento.
• Primer grado.
• Segundo grado.
— Servicio de Formación Musical e Instrumental.
— Servicio de Formación Musical y Consolidación Instrumental.
• Formación Musical Preprofesional.
• Servicio de Formación en Agrupación Musical.
• Servicio de Actividades Musicales Complementarias”.
“Art. 4.
(…)
Los alumnos miembros de familia numerosa tendrán derecho a la bonificación del 20 por 100 de las tarifas previa solicitud de la misma y de la debida acreditación documental mediante el título correspondiente de familia numerosa”.
“Art. 6. El pago del precio público regulado en esta disposición general se realizará con carácter previo a la presentación del servicio o actividad. El pago se realizará mediante domiciliación bancaria en la cuenta facilitada al efecto por el obligado al mismo”.
“Indicar en la disposición final de dicha norma la fecha en la que la Junta de Gobierno Local adopta el acuerdo de modificación de la disposición general número 3.20 del precio público por prestación de servicios o realización de actividades de educación”.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, cabe el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con los artículos 8, 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Pinto, a 26 de septiembre de 2012.—El alcalde en funciones, Julio López Madera.
(03/31.521/12)

