Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121008-92
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90
EDICTO
En el presente procedimiento ordinario número 354 de 2010, seguido a instancias de “FCE Bank PLC Sucursal en España, Sociedad Anónima”, frente a doña Gladys Isabel García Yanza, doña Jenny Andrea García Yanza, doña María Balbina Yanza Pomaquiza, don Brumel Edison García Yanza y don Mario Oswaldo Sumba Illescas, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
Sentencia
En Madrid, a 10 de julio de 2012.—La ilustrísima señora doña Milagros Aparicio Avendaño, magistrada del Juzgado de primera instancia número 90 de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio ordinario, registrados con el número 354 de 2010, promovidos por “FCE Bank PLC, Sucursal en España, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los Tribunales don Francisco José Abajo Abril, y asistido por el letrado don Juan José García García, contra don Mario Oswaldo Sumba Illescas y los herederos de don Jorge Alberto García García (doña María Balbina Yanza Pomaquiza, don Brumel Edison García Yanza, doña Gladys Isabel García Yanza y doña Jenny Andrea García Yanza), mayores de edad, representados por el procurador de los Tribunales don Alfonso María Rodríguez García, y asistidos por la letrada doña Ainhoa Sánchez Sánchez, sobre reclamación de cantidad.
Fallo
Que estimando la demanda formulada por el procurador de los tribunales don Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de “FCE Bank PLC Sucursal en España, Sociedad Anónima”, contra don Mario Oswaldo Sumba Illescas y los herederos de don Jorge Alberto García García (doña María Balbina Yanza Pomaquiza, don Brumel Edison García Yanza, doña Gladys Isabel García Yanza y doña Jenny Andrea García Yanza), debo condenar y condeno a los demandados a pagar la cantidad de 30.841,67 euros más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda, y al pago de las costas del juicio.
Contra esta resolución cabe formular ante este Juzgado recurso de apelación que se interpondrá en el plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a la notificación de aquella.
La interposición del recurso de apelación precisará la constitución de un depósito de 50 euros (clave 02).
Las cantidades objeto de depósito deberán ser consignadas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado en la entidad bancaria “Banesto”, número cuenta expediente: 41490000 (clave recurso) (número procedimiento, cuatro dígitos) (año).
Si el ingreso se realiza mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso se indicará después de los 16 dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio).
Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Publicación
Seguidamente, es leída y publicada la anterior sentencia dictada en audiencia pública por la ilustrísima señora magistrada que la suscribe, de lo que doy fe.
Y encontrándose dicho demandado, don Mario Oswaldo Sumba Illescas, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Madrid, a 10 de julio de 2012.—El secretario (firmado).
(02/7.314/12)

