Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2012

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121008-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

99
Procedimiento ordinario 421 de 2010

En el procedimiento ordinario número 421 de 2010 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Pozuelo de Alarcón, a 3 de marzo de 2011.—Vistos por el ilustrísimo señor don Joaquín Brage Camazano, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Pozuelo de Alarcón y su partido, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 421/2010, a instancias de la procuradora de los Tribunales señora Abengózar, en representación de “Ricoh España, Sociedad Limitada Unipersonal”, asistida por el letrado señor Fonseca Herrero Raimundo, contra “Centrales Térmicas y Redes, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal, resultando los siguientes:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales señora Abengózar, en representación de “Ricoh España, Sociedad Limitada Unipersonal”, contra “Centrales Térmicas y Redes, Sociedad Limitada”, como parte demandada, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 4.748,46 euros, más los intereses mencionados en el fundamento de derecho segundo in fine de esta sentencia, y la condeno igualmente al pago de las costas procesales.

Notifíquese a las partes la presente resolución, previniéndoles de que la misma no es firme y que contra ella podrán interponer recurso de apelación ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación. Para ello deberá constituirse depósito en la cuantía (50 euros), plazo y forma fijados por la Ley Orgánica 1/2009.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Centrales Térmicas y Redes, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Pozuelo de Alarcón, a 2 de noviembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/7.426/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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