Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
11-10-2012

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121011-85

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

URBANISMO

85
Estudio de detalle número 0006P10

Asunto: expediente 0005P12. Modificación de estudio de detalle número 0006P10, presentado por “FCC Construcción, Sociedad Anónima”, para la ordenación de la parcela RC.VPPB 1.3 del Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres Cantos”. Aprobación definitiva.

El Pleno municipal celebrado el día 27 de septiembre de 2012, adoptó el acuerdo número 100/12 del tenor literal siguiente:

1.o Aprobar definitivamente la modificación del Estudio de Detalle para la ordenación de la manzana RC.VPPB 1.3 del Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres Cantos” de este término municipal, presentado el 30.05.12 (RE: 6718) por “FCC Construcción, Sociedad Anónima”.

2.o Remitir un ejemplar del mismo al Registro Administrativo de la Consejería competente.

3.o Ordenar la publicación del presente acuerdo, con indicación de haberse procedido previamente al depósito antedicho, y notificarlo individualmente a los propietarios afectados y aquellos que hubieran intervenido en el procedimiento.

4.o Dar traslado a la Unidad de Licencias y a los Servicios Técnicos Municipales a los efectos oportunos y a los servicios económicos municipales para que se proceda a efectuar la liquidación correspondiente.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que se ha procedido al depósito de este plan en el Registro Administrativo de los Planes de Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, donde puede ser consultado.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero; indicándose que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículos 10 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación y sin perjuicio de cuantos otros recursos considere oportuno deducir.

Tres Cantos, a 28 de septiembre de 2012.—El concejal de Urbanismo, Javier Morales Escudero.

(02/7.862/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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