Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
24-10-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121024-244

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 6

EDICTO

244
Despidos 415 de 2012

Doña Helena Barandiarán García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos sobre despidos al número 415 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Ricardo Alonso López, contra “Paneuropea de Seguridad Integral, Sociedad Limitada” (PSI), y “Securitas Sistemas de Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Ricardo Alonso López, frente a “Secúritas Seguridad España, Sociedad Anónima” (“Secúritas”), y “Paneuropea de Seguridad Integral, Sociedad Limitada”, en materia de despido (autos número 415 de 2012), debo declarar el mismo como improcedente, quedando en manos de las demandadas la opción por la readmisión y el abono de los salarios de tramitación a razón de 105,70 euros/día o, en su caso, la extinción de la relación laboral, generándose en este caso una indemnización a favor del trabajador de 52.506,47 euros, de los que podrán deducirse los 21.585,51 euros ya abonados en el momento del cese.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, debiendo para hacerlo la demandada ingresar en la cuenta número 4722/0000/ 65/0415/12 del grupo “Banesto” (“Banco Español de Crédito”/“Banco de Vitoria”), la cantidad líquida importe de la condena sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso, asimismo, deberá constituirse en la cuenta corriente número 4722/0000/68/0415/12, que bajo la denominación de “Recursos de suplicación” tiene abierta este Juzgado, la cantidad de 300 euros, debiendo presentar el correspondiente resguardo en la Secretaría de este Juzgado al tiempo de interponer el recurso.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia o emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación a “Paneuropea de Seguridad Integral, Sociedad Limitada” (PSI), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 20 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.887/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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