Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121024-246
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1
EDICTO
Don Antonio de la Fuente Figuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 40 de 2012, y acumulados número 41 de 2012 y número 42 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Rodríguez de Diego, contra la empresa “Fondo de Formación Centro, Sociedad Limitada”, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Decreto número 442 de 2012
Secretario judicial, don Antonio de la Fuente Figuero.—En Guadalajara, a 12 de septiembre de 2012.
Parte dispositiva:
Acuerdo:
a) Declarar a la ejecutada “Fondo de Formación Centro, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia por importe de 17.652,35 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial una vez sea firme la presente resolución.
c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Fondo de Formación Centro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Guadalajara, a 12 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
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