Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121024-165
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 4 de 2009 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de don Manuel Velasco López, contra la empresa “Información y Prensa, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña Rosa María Lozano Blanco.—En Madrid, a 2 de octubre de 2012.
Vista la anterior peritación de los bienes inmuebles embargados, de los que no consta cargas anteriores, según certificación del Registro de la Propiedad, se acuerda la venta en pública subasta de la finca número 7.353 del Registro de la Propiedad de Segovia número 2, inscrita en el tomo 2.514 del Archivo General, libro 88 del término municipal de El Espinar, al folio 185:
Urbana.—Parcela número 393 de la primera fase del complejo urbanístico residencial “Los Ángeles de San Rafael”, en término municipal de El Espinar. Linda: al Norte, con zona verde; Sur, con calle París; Este, con parcela número 392, y Oeste, con parcela número 394. Adopta la forma de un polígono irregular y mide 2.748 metros cuadrados. Tiene una cuota de comunidad de tantos puntos como metros ocupa, equivalente a 0,22222 por 100. Referencia catastral 7344879UL9174S0001MT, parcela solar sin edificar sita en el número 393 de la avenida de Francia, en Los Ángeles de San Rafael, de El Espinar (Segovia), con una superficie de 2.700 metros cuadrados, que ha sido embargada a “Información y Prensa, Sociedad Anónima”.
La finca ha sido justipreciada en 162.000 euros.
Anúnciese su celebración con veinte días de antelación por lo menos, por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en los lugares públicos de costumbre, expresándose las condiciones de la subasta conforme determina la ley.
La subasta tendrá lugar en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, séptima planta, 28008 Madrid, el día 28 de noviembre de 2012, a las doce horas, con los requisitos y circunstancias a que se refieren los artículos 667 a 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte de que:
1.o En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al acreedor podrá el deudor liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas (artículo 670.7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
2.o Para tomar parte en la subasta, los postores deberán presentar resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2521 (número de expediente judicial: 2521-0000-64-0004-09), o haber prestado aval bancario con las firmas debidamente legalizadas, por el 30 por 100 del valor que se haya dado a los bienes con arreglo al artículo 666 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debiendo consignar asimismo en dicho resguardo si, en su caso, ha recibido todo o en parte cantidades de un tercero.
Las cantidades depositadas por los postores no se devolverán hasta la aprobación del remate, excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación, y en su caso, como parte del precio de la venta. (artículo 652 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
3.o El ejecutante solo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna (artículo 647.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
4.o Por el mero hecho de participar en la subasta, se entenderá que los postores consideran como suficiente la titulación que consta en los autos, o que no exista titulación y que aceptan, asimismo, subrogarse en las cargas anteriores al crédito por el que se ejecuta, en caso de que el remate se adjudique a su favor (artículo 669.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
5.o Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, al que deberá acompañar el resguardo de haber realizado la consignación a que se ha hecho mención (artículo 648 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
6.o Solo la adquisición o adjudicación practicada a favor de los ejecutantes o de los responsables legales solidarios o subsidiarios podrá realizarse en calidad de ceder a tercero (artículo 264 de la Ley de Procedimiento Laboral y 647.3).
7.o La aprobación del remate y la adjudicación en su caso se realizará conforme a lo establecido en el artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
8.o Si la adquisición en subasta o la adjudicación en pago se realiza a favor de parte de los ejecutantes y el precio de adjudicación no es suficiente para cubrir todos los créditos de los restantes acreedores, los créditos de los adjudicatarios solo se extinguirán por la concurrencia de la suma que sobre el precio de adjudicación debería serles atribuida en el reparto proporcional. De ser inferior el precio, deberán los acreedores adjudicatarios abonar el exceso en metálico (artículo 265 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
9.o De resultar desierta la subasta, tendrán los ejecutantes, o en su defecto los responsables legales solidarios o subsidiarios, el derecho a adjudicarse los bienes por el 30 por 100 del avalúo, dándose a tal fin el plazo común de diez días. De no hacerse uso de este derecho, se alzará el embargo (artículo 264 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en los tres días siguientes a su notificación.
Así lo mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Información y Prensa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 2 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/33.224/12)

