Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
24-10-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121024-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

89
Divorcio contencioso 354 de 2011-ch

El Juzgado de primera instancia número 25 en autos número 354 de 2011-ch, sobre divorcio, instados por doña María Cruz González Presmanes, representada por la procuradora doña María Ángeles Martín Martín, contra don Brian Scott Coleman, que se halla con domicilio desconocido, he acordado pro medio de la presente notificar al mencionado demandado que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de 13 de junio de 2012, en la que en su fallo se acuerda lo siguiente:

“Que estimando la demanda promovida por la procuradora de los Tribunales, doña María de los Ángeles Martín Martín, en nombre y representación de doña María Cruz González Presmanes, contra don Brian Scott Coleman, declarado en rebeldía, declaro la disolución del matrimonio por divorcio de ambos cónyuges, con los efectos inherentes a dicha declaración, sin hacer especial condena en costas.

En ejecución de sentencia podrán las partes practicar la liquidación de la sociedad conyugal, de no haberlo efectuado aún.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que, en su caso, deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación. Una vez firme esta resolución, anótese al margen de la inscripción de matrimonio”.

Firmado y rubricado en su original.—Consta su publicación.

Y para que sirva de notificación en forma a don Brian Scott Coleman, que se halla en ignorado paradero, ha acordado la publicación del presente edicto.

Dado en Madrid, a 13 de junio de 2012.—Firmado.

(02/5.314/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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