Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
02-11-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121102-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

75
Demanda 746 de 2012

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 746 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis García Menor, contra la empresa “Premier de Automoción, Sociedad Limitada”, sobre proceso monitorio, se han dictado decreto y citación, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno proceso, regístrese en el libro de registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada por don Luis García Menor, frente a “Premier de Automoción, Sociedad Limitada”, y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, de juicio, la audiencia del día 19 de noviembre de 2013, a las diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, tercera planta, de Madrid, con las advertencias y apercibimientos previstos en los artículos 21, 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, así como los del artículo 155.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Respecto de la prueba solicitada, y sin perjuicio de la admisión de la misma que corresponde al magistrado-juez y que en el acto del juicio, en su caso, se acordará, se acuerda lo siguiente:

En cuanto al interrogatorio de la parte, cítese al representante legal de la demandada para que comparezca el día y hora señalados. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación a juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se le cite en calidad de testigo, apercibiéndose de que en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos ello podrá considerarse como respuesta evasiva y podrá tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

Respecto a la documentación solicitada correspondiente al procedimiento número 429 de 2012, paso a dar cuenta a su señoría que decidirá lo procedente en resolución motivada aparte.

Parte dispositiva:

Acceder a lo solicitado, y con el fin de permitir la práctica de las pruebas interesadas durante la celebración del juicio, por ser el momento oportuno para acordar lo procedente sobre la admisión de la prueba, se acuerdan los siguientes particulares:

Apórtese a los presentes autos la documentación presentada por el actor en el procedimiento que se sigue en este Juzgado bajo el número 429 de 2012.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Premier de Automoción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.152/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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