Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121106-86
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 27
EDICTO
En el juicio de divorcio contencioso número 383 de 2011-D, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:
Sentencia
Madrid, a 20 de junio de 2012.—La ilustrísima señora doña María del Carmen Rodilla Rodilla, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 27 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 383 de 2011 a instancias de doña Mónica González Barroso, representada por la procuradora doña Cristina Velasco Echevarri, y defendida por el letrado don David Díaz Villasante, siendo parte demandada don Pier Efrén Gaviria Carvajal, que ha sido declarado en rebeldía.
Fallo
Estimando la demanda formulada por la procuradora doña Cristina Velasco Echevarri, en nombre y representación de doña Mónica González Barroso frente a su esposo, don Pier Efrén Gaviria Carvajal, declaro disuelto por divorcio el matrimonio de ambos cónyuges con los efectos legales inherentes, acordando respecto de sus bienes la disolución del régimen económico matrimonial, sin que proceda realizar especial declaración sobre las costas causadas en este procedimiento.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación conforme al artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de llevarse a efecto lo acordado en aplicación del apartado quinto del artículo 774 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Notifíquese la presente resolución a las partes, observando lo prevenido en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la disposición adicional decimoquinta introducida en virtud de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
En virtud de lo acordado en los autos número 383 de 2011-D, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Pier Efrén Gaviria Carvajal la sentencia dictada.
En Madrid, a 3 de septiembre de 2012.—El secretario (firmado).
(02/8.278/12)

