Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
07-11-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121107-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 91

EDICTO

78
Procedimiento ordinario 320 de 2011

En el procedimiento ordinario número 320 de 2011 seguido a instancias de “Madrid Leasing Corporación, Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, frente a don Juan Luis Patón Galt, don Roberto Martín Baun y “Platinium Siglo XXI Distribuciones, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la mercantil “Madrid Leasing Corporación, Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, contra la también mercantil “Platinium Siglo XXI Distribuciones, Sociedad Limitada”, don Roberto Martín Baun y don Juan Luis Patón Galt, en rebeldía en las presentes actuaciones, debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento financiero suscrito por las partes a que se refiere el hecho primero de esta resolución, y debo de condenar y condeno de forma solidaria a los demandados a entregar a la actora el bien objeto del citado contrato que se describe en esta resolución, así como a que abonen también de forma solidaria a la citada demandante las cuotas vencidas e impagadas del citado contrato desde el mes de abril de 2008 hasta la fecha de presentación de la demanda (17.164,70 euros), y una cantidad igual al importe de la última cuota del contrato vencida, excluido el impuesto indirecto (422,77 euros), por cada mes o fracción de mes que transcurra entre la fecha de presentación de la demanda y la efectiva devolución de los bienes a la parte actora, devengando cada una de esas cuotas el interés moratorio pactado del 22 por 100 nominal anual desde su respectivo vencimiento, debiendo también los demandados abonar de forma solidaria el importe del 10 por 100 de las cuotas que todavía no estuvieran vencidas en el momento en que se produzca la entrega del bien objeto del mencionado contrato; ello con imposición de costas a la parte demandada.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.

Encontrándose el demandado don Juan Luis Patón Galt en paradero desconocido, procédase a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entregándose al procurador demandante el correspondiente oficio a tal fin.

Así lo pronuncia, manda y firma don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 91 de Madrid, en el día de la fecha.—Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado don Juan Luis Patón Galt, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Madrid, a 10 de julio de 2012.—El secretario (firmado).

(02/8.083/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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