Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
07-11-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121107-56

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

OTROS ANUNCIOS

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Notificación expediente

Por parte de este Ayuntamiento se tramita expediente número 25.02.45/2011/0007.

No habiéndose podido notificar personalmente a la entidad mercantil interesada, “Promociones Penamaior 2000, Sociedad Limitada”, la resolución de 29 de junio de 2012, recaída en el referido expediente, se efectúa dicha notificación a través del presente edicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

«El Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Villanueva de la Cañada califica como sistema viario local sendas porciones de tres solares que dan frente a la calle Camargo, localizados en los números 2, 4 y 6 de dicha vía pública.

Las mismas fueron segregadas de sus fincas matrices por resolución de Alcaldía de 16 de octubre de 2001, otorgada a favor de su titular, “Promociones Penamaior 2000, Sociedad Limitada”, en la forma que sigue:



Considerando las circunstancias concurrentes en los citados solares, la cesión y posterior patrimonalización de dicha superficie no precisa de un instrumento de equidistribución, al tratarse de solares situados en el casco urbano en un área consolidada por la edificación y, por ende, calificado urbanísticamente como suelo urbano consolidado de ejecución directa sin obras accesorias de urbanización.

Al amparo de los hechos y fundamentos que anteceden, resuelvo:

Primero.—Aceptar y recibir, como cesión urbanística, las parcelas que a continuación se identifican, tras su puesta a disposición municipal por “Promociones Penamaior 2000, Sociedad Limitada”.

— Urbana. Parcela de 128,73 metros cuadrados, destinada a vial público, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero, al tomo 1507, libro 258, folio 217, finca 11.128, destinada a viales públicos, procedente de la finca registral número 9.115, sita en suelo urbano de Villanueva de la Cañada (Madrid), en la calle Camargo, número 2.

— Urbana. Parcela de 87,54 metros cuadrados, destinada a vial público, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero, al tomo 1507, libro 258, folio 220, finca 11.129, destinada a viales públicos, procedente de la finca registral número 9.116, sita en suelo urbano de Villanueva de la Cañada (Madrid), en la calle Camargo, número 4.

— Urbana. Parcela de 146,66 metros cuadrados, destinada a vial público, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero, al tomo 1507, libro 258, folio 223, finca 11.130, destinada a viales públicos, procedente de la finca registral número 9.117, sita en suelo urbano de Villanueva de la Cañada (Madrid), en la calle Camargo, número 6.

Segundo.—Inscribir la transmisión de la titularidad en la forma dispuesta por el artículo 30 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario Urbanístico, debiendo emitirse certificación administrativa en la forma dispuesta en el artículo 2 de la misma norma.

Tercero.—Notificar la presente resolución al interesado, significando que la misma es definitiva en vía administrativa, pudiendo ser impugnada, potestativamente, mediante la presentación de un recurso de reposición, ante esta Alcaldía, en el plazo máximo de un mes a contar desde su notificación.

Asimismo, podrá ser impugnada, directamente, mediante la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo máximo de dos meses».

Villanueva de la Cañada, a 17 de octubre de 2012.—El alcalde, Luis Partida Brunete.

(02/8.224/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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