Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
07-11-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121107-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

113
Despido 145 de 2012

Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 185 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emilio de la Presa del Moral, frente a “Barnilema, Sociedad Limitada”, “Barnizados y Lacados Alameda, Sociedad Limitada”, “Barnizado y Lacados Alcalá, Sociedad Limitada”, “Barnizados y Lacados Úbeda, Sociedad Limitada”, “Barnizados y Lacados Villar, Sociedad Anónima Laboral”, y “Mafesa Block, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, María Teresa Estrada Barranco.—En Madrid, a 17 de octubre de 2012.

De conformidad con lo establecido en el artículo 280 de la LRJS, y habiéndose solicitado por don Emilio de la Presa del Moral el despacho de la ejecución frente a “Barnizados y Lacados Alameda, Sociedad Limitada”, “Mafesablock, Sociedad Limitada”, “Barnilema, Sociedad Limitada”, “Barnizados y Lacados Villar, Sociedad Anónima Laboral”, “Barnizados y Lacados Alcalá, Sociedad Limitada”, y “Barnizado y Lacados Úbeda, Sociedad Limitada”, se tiene por promovido incidente de no readmisión se acuerda citar a las partes a la comparecencia que tendrá lugar el 27 de noviembre de 2012, a las nueve y veinticinco horas, en la Sala de audiencia de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, 28008, planta décima. Cítese a los administradores de las empresas demandadas para cuyo efecto procédase a la averiguación telemática del domicilio de los mismos.

Se advierte a las partes que deberán comparecer a dicho acto con los medios de prueba de que intenten valerse, y de que si no asistiere el trabajador o persona que lo represente, se le tendrá por desistido de su solicitud, y si no compareciese el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.

Expídase vida laboral del trabajador don Emilio de la Presa del Moral, accediéndose a esta a través del punto neutro judicial, Seguridad Social y únase a las presentes actuaciones a los efectos de resolución de trámite del incidente.

Notifíquese a los interesados y al Fondo de Garantía Salarial por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 57 a 62 de LRJS.

Y preventivamente hágase la citación de las empresas demandadas por medio de edictos.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la LJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial.

Diligencia: Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la LRJS.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Barnizados y Lacados Alameda, Sociedad Limitada”, “Mafesablock, Sociedad Limitada”, “Barnilema, Sociedad Limitada”, “Barnizados y Lacados Villar, Sociedad Anónima Laboral”, “Barnizados y Lacados Alcalá, Sociedad Limitada”, “Barnizados y Lacados Úbeda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.545/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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