Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121110-90
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 790 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Ripalda López, contra la empresa “Calcographic 3000, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 342 de 2012
En Madrid, a 2 de octubre de 2012.—Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre: don Fernando Ripalda López, como demandante, y “Calcographic 3000, Sociedad Limitada”, como demandada, con citación del Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por don Fernando Ripalda López, contra la empresa “Calcographic 3000, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de doña Marián Serbanescu, acordado con efectos del día 10 de junio de 2011, así como se declara resuelta la relación laboral mantenida por ambas partes, condenando a la demandada a que indemnice al actor en 65.305,80 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por el trabajador, computados desde el 1 de abril de 1982 hasta la fecha de la presente resolución (2 de octubre de 2012), así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido que se declara improcedente hasta la fecha de la presente sentencia a razón de 51,83 euros brutos diarios, lo que arroja una cuantía total de 24.878,40 euros.
Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, primera planta, a nombre de este Juzgado con el número 2805, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, primera planta, a nombre de este Juzgado con el número 2805, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
Publicación
Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado-juez sustituto que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, por ante mí, el secretario judicial, de lo que doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Calcographic 3000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 8 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/33.822/12)

