Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
10-11-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121110-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

98
Ejecución 175 de 2012

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 175 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ariannys Marrero González y doña María Beatriz Upegui Flórez, contra la empresa “Limpiezas y Mantenimientos Spalimp, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones de fecha 5 de octubre de 2012, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 18 de mayo de 2012 a favor de la parte ejecutante doña Ariannys Marrero González, frente a “Limpiezas y Mantenimientos Spalimp, Sociedad Limitada”, por un principal de 686,04 euros, más 130 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.

Contra este auto cabe recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las infracciones en que incurre y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada (artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social), siendo requisito indispensable para su admisión a trámite ingresar previamente en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto” con el número 2708/0000/30/0175/12, en la calle Princesa, número 3, de Madrid, indicando el tipo de recurso que se interpone, la cantidad de 25 euros, quedando exentos los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social y los demás establecidos en la Ley.

Se advierte a las partes que conforme al artículo 245.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 22 de junio de 2012 a favor de la parte ejecutante doña María Beatriz Upegui Flórez, frente a “Limpiezas y Mantenimientos Spalimp, Sociedad Limitada”, por un principal de 656,23 euros, más 120 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.

Contra este auto cabe recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las infracciones en que incurre y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada (artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social), siendo requisito indispensable para su admisión a trámite ingresar previamente en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto” con el número 2708/0000/30/0179/12, en la calle Princesa, número 3, de Madrid, indicando el tipo de recurso que se interpone, la cantidad de 25 euros, quedando exentos los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social y los demás establecidos en la Ley.

Se advierte a las partes que conforme al artículo 245.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social las Resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Limpiezas y Mantenimientos Spalimp, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.828/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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