Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271
Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121113-64
Páginas: 2
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Anuncio de exposición pública y período de cobro de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con maquinaria e instalaciones para el ejercicio de actividades prestadas mediante operarios o autoprestación del usuario (cajeros automáticos) ejercicio 2012.
Con fecha 15 de octubre de 2012, por la Gerencia de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada se ha dictado resolución en relación a la aprobación de las liquidaciones en concepto de tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con maquinaria e instalaciones para el ejercicio de actividades prestadas mediante operarios o autoprestación del usuario (cajeros automáticos) del ejercicio 2012, que literalmente establece que:
Visto el informe y las actuaciones llevadas a cabo por el Departamento de Gestión Tributaria, Negociado de Actividades Económicas, en relación a la comprobación, cálculo y liquidación de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de dominio público local por ocupaciones de maquinaria e instalaciones para el ejercicio de actividades prestadas mediante operario o autoprestación del usuario, concretamente por cajeros automáticos, del ejercicio 2012, según lo establecido en el artículo 13 de la ordenanza fiscal número 19, reguladora de dicha tasa.
Considerando lo establecido en los artículos 20.3.1, 24 y 26 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, respecto al hecho imponible cuantía, devengo y período impositivo de las tasas.
Considerando lo establecido en el artículo 8, epígrafe 6, de la ordenanza fiscal número 19, reguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con ocupaciones de maquinaria e instalaciones para el ejercicio de actividades prestadas mediante operario o autoprestación del usuario, concretamente por cajeros automáticos, aprobada definitivamente por el acuerdo del Pleno municipal de fecha 1 de diciembre de 2011 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de diciembre de 2011, respecto a la cuota tributaria de la tasa.
Considerando lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, relativa a las liquidaciones tributarias y a su notificación.
Considerando que de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.3.2.c) de los estatutos de la Oficina Tributaria Ayuntamiento de Fuenlabrada, según la modificación introducida por el Pleno municipal en sesión celebrada el 4 de marzo de 2010 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de marzo, corresponde al titular de la Gerencia la aprobación y notificación de las liquidaciones individuales, así como la formación, aprobación de las matrículas de los tributos de vencimiento periódico y notificación colectiva, y por tanto, la rectificación de la misma.
Por todo lo cual, vengo a adoptar la siguiente resolución:
Primero.—Aprobar las liquidaciones relativas a la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con ocupaciones de maquinaria e instalaciones para el ejercicio de actividades prestadas mediante operario o autoprestación del usuario, concretamente por cajeros automáticos, ejercicio 2012, por un importe total de 90.030,08 euros, y que incluye 79 liquidaciones.
Segundo.—Señalar los siguientes plazos de ingreso:
— Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
— Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Tercero.—Lugar de ingreso y medios de pago: en cualquier oficina de “La Caixa”, “Banco Santander” o “BBVA”, con la posibilidad de realizar el pago “on-line”, a través del acceso instalado en la web municipal: www.ayto-fuenlabrada.es
Contra la presente resolución podrán interponer, ante el director-gerente de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al recibí de esta, recurso de reposición potestativo, previo a la reclamación económico-administativa, o bien directamente, reclamación económico-administrativa previa al contencioso, que resolverá el Tribunal Económico-Administrativo municipal de Fuenlabrada. No obstante, podrán interponer cualquier otro recurso que estime oportuno.
La interposición del recurso o de la reclamación económico-administrativa no suspende, como regla general, la ejecución de la deuda, salvo que se garantice en la forma legalmente prevista.
En Fuenlabrada, a 15 de octubre de 2012.—El recaudador, PD, Jesús Espinosa Galán.
(02/8.220/12)

