Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121117-84
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 103 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alan Álvaro Huanca Molina, contra la empresa “Ricetta San Segundo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 1 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Fallo
Se tiene al actor por desistido de la acción por vulneración de derechos fundamentales y nulidad de despido por esa causa.
Que estimando la demanda interpuesta, debo declarar y declaro la improcedencia de la decisión empresarial de amortización del puesto de trabajo, en aplicación de lo establecido en el artículo 52.1.c) del Estatuto de los Trabajadores y, en consecuencia, debo condenar al empresario a:
1.o A que abone al trabajador una indemnización en cantidad de 2.376,75 euros, calculada desde el día 12 de abril de 2010 hasta el día 16 de diciembre de 2011 a razón de cuarenta y cinco días de salario por año de servicio, sobre un salario de 950,97 euros/mes, equivalente a 31,69 euros/día.
Si el trabajador hubiera percibido dicha indemnización y se procediera a la readmisión, deberá reintegrarla.
Si se optase por la empresa por la compensación económica, lo ya percibido deberá deducirse de la cantidad que por indemnización se fija en la presente sentencia.
2.o Al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido que tuvo lugar el día 16 de diciembre de 2011 hasta el día 8 de febrero de 2012 a razón de 31,69 euros/día.
Por un importe total de 1.711,26 euros, deducidos los percibidos por su trabajo en otras empresas.
3.o Al abono de una indemnización por falta de preaviso de quince días de salario en cantidad de 475,35 euros.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ricetta San Segundo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 1 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/34.389/12)

