Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121117-86
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 161 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Tracy Egiebor, contra la empresa “Fosmartín, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 25 de septiembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Fallo
Se tiene a la actora por desistida de la declaración de nulidad del despido por vulneración de derecho fundamental.
Que estimando como estimo la demanda formulada contra la empresa:
1. Debo declarar y declaro improcedente el despido de la trabajadora, y debo condenar y condeno a la empresa a que a su elección readmita a la demandante en el puesto de trabajo que venía ocupando en el momento de ser cesada y en las mismas condiciones que regían hasta entonces u optar expresamente dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado, por una indemnización a favor de la demandante de 6.240,15 euros.
Y satisfacer a la actora los salarios devengados y dejados de percibir durante el período comprendido desde el 22 de noviembre de 2011 hasta la notificación de la presente sentencia a razón de 33,96 euros/día.
2. Condenar a la empresa demandada a que le abone a la trabajadora la cantidad de 2.767 euros, incrementada con el 10 por 100 de interés por mora.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2514000065, seguido del número de procedimiento y año (con dos cifras), en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fosmartín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 25 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/34.388/12)

