Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
21-11-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121121-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

173
Demanda 1.277 de 2010

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.277 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Belinda Rodríguez Fernández, contra la empresa “Cine Arte Siglo XXI, UTE”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 397 de 2011

En Madrid, a 30 de septiembre de 2011.—Vistos por el ilustrísimo señor don Ángel Luis del Olmo Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, los presentes autos número 1.277 de 2010, seguidos a instancias de doña Belinda Rodríguez Fernández, con documento nacional de identidad número 46936067-J, representada y asistida por el letrado don Manuel Mora Blanco, contra la empresa “Cine Arte Siglo XXI, UTE”, quien no compareció pese a estar citada en legal forma, en reclamación sobre cantidad, en los mismos se ha dictado el siguiente

Fallo

Que con estimación de la demanda deducida por doña Belinda Rodríguez Fernández, contra la empresa “Cine Arte Siglo XXI, UTE”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Cine Arte Siglo XXI, UTE”, a que abone a la actora doña Belinda Rodríguez Fernández la suma de 9.129,59 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, de conformidad al artículo 33.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, oficina 1143, a nombre de este Juzgado con el número 2523, acreditándolo en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la mencionada cuenta, la cantidad objeto de condena o que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándoles a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cine Arte Siglo XXI, UTE”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.917/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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