Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278
Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121121-98
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 1
EDICTO
En el procedimiento ordinario número 1.190 de 2009-V, seguido a instancias de don José Luis Arribas Jiménez, frente a “Belén II, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia de fecha 31 de enero de 2012, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
Fallo
Que debo estimar y estimo la demanda y, en su virtud, dictar los siguientes pronunciamientos:
Primero. Condenar a pagar la suma de 3.558,74 euros, más los intereses moratorios al tipo de interés legal desde el 2 de febrero de 2009.
Segundo. Condenar al pago de las costas a la parte demandada.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no es firme y cabe interponer recurso de apelación contra ella, del que conocería la Audiencia Provincial de Madrid. En su caso, el recurso de apelación se interpondrá ante este tribunal dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación. La admisión del recurso precisará que al interponerse el mismo se haya consignado en la oportuna entidad de crédito y en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, abierta a nombre del Juzgado la cantidad objeto de depósito de 50 euros, lo que deberá ser acreditado.
Archívese el original de esta resolución en el libro de sentencias y póngase testimonio literal en los autos de su razón.
Publicación
Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por su señoría ilustrísima estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que como secretario de este Juzgado, doy fe.
Y encontrándose dicha demandada “Belén II, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
En Fuenlabrada, a 8 de febrero de 2012.—El secretario (firmado).
(02/8.599/12)

